Marco Legal

 

 

 

La Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza , es el ente coordinador de los Centros o Instituciones Superiores no universitarios a Nivel Nacional.

 La Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza , fue creada por medio de los siguientes fundamentos legales:

Prosegal-WEB-vector-marco-legal.png

Según lo dispuesto en su artículo 32, el cual señala lo siguiente:

La estructura administrativa del Ministerio de Educación está conformado por cuatro niveles claramente definidos:

Superior.

De coordinación, control y asesoría.

Técnico y de apoyo.

De ejecución.

 A partir de la vigencia de la presente ley, funcionarán en el Ministerio de Educación las siguientes direcciones nacionales:

  1. Dirección General de Educación.
  2. Dirección Nacional de Planeamiento Educativo.
  3. Dirección Nacional de Educación Básica General.
  4. Dirección Nacional de Media Académica.
  5. Dirección Nacional de Educación Media Profesional y Técnica.
  6. Dirección Nacional de Educación Inicial.
  7. Dirección Nacional de Educación Particular.
  8. Dirección Nacional de Jóvenes y Adultos.
  9. Dirección Nacional de Currículo y Tecnología Educativa.
  10. Dirección Nacional de Orientación Educativa y Profesional.
  11. Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional.
  12. Dirección Nacional de Administración.
  13. Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura.
  14. Dirección Nacional de Recursos Humanos.
  15. Dirección Nacional de Información y Relaciones Públicas.
  16. Dirección Nacional de Asesoría Legal.
  17. Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior.
  18. Dirección Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional.
  19. Dirección Nacional de Derecho de Autor.
  20. Dirección Nacional de Nutrición y Salud Escolar.
  21. Dirección Nacional de Educación Ambiental.
  22. Dirección Nacional de Educación Especial.

Parágrafo: La creación de futuras direcciones nacionales se hará mediante decreto, al igual que los objetivos y funciones de las direcciones, subdirecciones nacionales y departamentos; así como los requisitos para ocupar las direcciones y subdirecciones.

Serán escogidos mediante concurso de créditos y antecedentes, por un término de cuatro (4) años, las direcciones y subdirecciones de Inicial, Básica General, Media Académica, Particular, Profesional y Técnica, Recursos Humanos y la de Currículo y Tecnología Educativa.

Por el cual se crean los departamentos de la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior y se establecen sus objetivos y funciones, y los requisitos mínimos para ocupar los cargos directivos.

Por el cual se reglamenta el funcionamiento de los centros de enseñanza superior, oficiales y particulares, y se dictan otras disposiciones.

Por el cual se reglamenta el funcionamiento de universidades e instituciones de educación superior a distancia y la implementación de planes y programas de estudio a distancia.

 

Que regula el funcionamiento de los centros de educación posmedia y de los institutos técnicos superiores o centros de enseñanza superior.