Traductores Públicos y Examinadores Oficiales
TRÁMITES QUE SE EFECTÚAN EN ESTA DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA
RECONOCIMIENTO COMO TRADUCTOR PÚBLICO Y EXAMINADORES AUTORIZADOS.
Reconocimiento como traductor público autorizado:
- Objetivo: Reconocer el ejercicio de la profesión de traductor como una de las profesiones liberales o asalariadas, entendiéndose que dicho reconocimiento habilita a dicho profesional para desempeñar las funciones de traducción e interpretación y cuyas principales actividades son las de dar fe pública de la correcta transferencia o equivalencia más aproximada de un texto o cualquier manifestación verbal dentro de los idiomas de su competencia, tanto en las traducciones e interpretaciones públicas, oficiales como en las privadas, conforme a las prácticas, recomendaciones y estándares requeridos en cada modalidad del ejercicio de dichas profesiones.
- Marco legal: Decreto Ejecutivo N.° 975 de 15 de diciembre de 2017, publicado en Gaceta Oficial No. 28468 de martes 20 de febrero de 2018 y Resuelto No. 2448 de 21 de mayo de 2018, publicado en Gaceta Oficial No. 28554-A de lunes 25 de junio de 2018.
- Requisitos: Los interesados en obtener el reconocimiento de traductor público deberán entregar los siguientes documentos en la Secretaría General del Ministerio de Educación (trámite se realiza mediante apoderado legal):
- Poder y memorial petitorio, dirigido al Ministerio de Educación, que solicite el reconocimiento como traductor público en las lenguas fuente y meta.
- Certificado de nacimiento, expedido por el Tribunal Electoral a través de la Dirección de Registro Civil, con sus timbres correspondientes.
- Copia de la cédula de identidad personal, debidamente autenticada por la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral o en su defecto certificada por un Notario Público.
- Si es extranjero, copia del pasaporte debidamente certificado por un Notario Público, junto con copia autenticada del carné de residente, debidamente expedido por el Servicio Nacional de Migración.
- Certificado de Información de Antecedentes Personales, expedido por la Dirección de Investigación Judicial, que compruebe que no ha sido condenado por delitos contra el patrimonio económico, contra el orden financiero, la administración pública, contra la fe pública, contra la administración de justicia, ni estar inhabilitado por sentencia firme.
Reconocimiento como examinador autorizado.
- Objetivo: Acreditar como profesional del Ministerio de Educación para aplicar los exámenes de conocimiento y dominio de las lenguas fuente y meta a los interesados en obtener el reconocimiento de traductor público.
- Marco legal: Decreto Ejecutivo N.° 975 de 15 de diciembre de 2017, publicado en Gaceta Oficial No. 28468 de martes 20 de febrero de 2018 y Resuelto No. 2448 de 21 de mayo de 2018, publicado en Gaceta Oficial No. 28554-A de lunes 25 de junio de 2018.
- Requisitos: Podrá solicitar reconocimiento de examinador autorizado, el interesado que reúna los siguientes requisitos (trámite se realiza mediante apoderado legal):
- Tener reconocimiento de traductor público.
- Acreditar el dominio de la lengua fuente y lengua meta, mediante la presentación de certificaciones, cartas de referencia u otro documento equivalente, en donde conste su experiencia de por lo menos cinco años como traductor.
- Documentos a presentar: Los interesados en obtener el reconocimiento de examinador autorizado, deberá aportar los siguientes documentos:
- Poder y memorial petitorio, dirigido al Ministerio de Educación, que solicite el reconocimiento como traductor público en las lenguas fuente y meta.
- Copia de la cédula de identidad personal, debidamente autenticada por la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral o en su defecto certificada por un Notario Público.
- Si es extranjero, copia del pasaporte debidamente certificado por un Notario Público, junto con copia autenticada del carné de residente, debidamente expedido por el Servicio Nacional de Migración.
- Certificado de Información de Antecedentes Personales, expedido por la Dirección de Investigación Judicial, que compruebe que no ha sido condenado por delitos contra el patrimonio económico, contra el orden financiero, la administración pública, contra la fe pública, contra la administración de justicia, ni estar inhabilitado por sentencia firme.
- Hoja de vid.
- Copia autenticada del Resuelto que le reconoce como traductor público.
Cartas, certificaciones y demás documentos que acrediten el ejercicio activo como traductor público durante los últimos cinco años.
LISTADO OFICIAL DE TRADUCTORES Y EXAMINADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS