Estructura
De conformidad a lo establecido en el Decreto Ejecutivo N.° 200 de 30 de mayo de 2017, la Secretaría General del Ministerio de Educación, se encuentra conformada de la siguiente manera:
1. Secretario (a) General
2. Subsecretario (a) General
2.1. Asistencia Ejecutiva
2.2. Asistencia Administrativa
3. Administrador
4. Departamento de Trámites
5. Departamento de Atención al Usuario, Registros Académicos y Autenticaciones.
6. Departamento de Archivo
7. Enlace regionales y personal de apoyo
FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL
El artículo 3 del Decreto Ejecutivo N.° 200 de 30 de mayo de 2017, establece que la Secretaría General del Ministerio de Educación, tendrá las siguientes funciones:
- Comunicar a los funcionarios directivos del Ministerio de Educación las políticas, normas y reglamentaciones e instrucciones que emite el Despacho Superior, con relación a programas y otros aspectos administrativos de la institución.
- Firmar los edictos de notificación fijados en puerta y en estrado, de los expedientes tramitados por la Dirección Nacional de Asesoría Legal y la Dirección Nacional de Recursos Humanos.
- Atender los asuntos del Despacho Superior, de acuerdo con las instrucciones recibidas al respecto.
- Redactar y firmar los documentos y/o notas que le sean designadas o delegadas por el Despacho Superior.
- Expedir copia autenticada de los decretos, resueltos, resoluciones y demás documentos expedidos por el Ministerio de Educación y cualquier otro documento original que se encuentre bajo custodia de la institución.
- Autenticar las firmas del Ministro (a) y Viceministros de Educación, Rectores y Secretarios Generales de las universidades, directores de áreas de desarrollo curricular y directores de centros educativos oficiales y particulares autorizados en la República de Panamá.
- Remitir los instrumentos legales que requieran ser publicados en la Gaceta Oficial.
- Expedir las certificaciones sobre acciones del Ministerio de Educación que le sean solicitadas, cuando estas no sean de carácter confidencial o reservado.
- Coordinar con las Direcciones Regionales de Educación el procedimiento de registro académico, autenticación de diplomas, convalidación y reválida de centros educativos oficiales, particulares y extranjeros.
- Ordenar, seleccionar, clasificar, resumir y consolidar la documentación para archivar proveniente de las distintas dependencias de la institución, estableciendo el periodo de retención y el método de conservación y descarte de los mismos.
- Asesorar y supervisar la organización y funcionamiento de los archivos de las unidades administrativas centrales y regionales.
- Recibir y tramitar las solicitudes para la emisión de licencias de Traductor Público, Examinador Oficial y Relacionista Público.
- Recibir y tramitar las solicitudes para el reconocimiento de las Asociaciones Educativas sin fines de lucro, conforme a las normativas contenidas en el Código Fiscal de la República de Panamá y demás leyes existentes.
- Tomar notas y preparar las actas correspondientes de las reuniones del Ministro (a) de Educación con el personal directivo y distribuirlas entre los participantes, en los casos que le sea solicitado por el Despacho Superior.
- Llevar la representación del Despacho Superior, cuando este así lo designe, en reuniones, congresos, seminarios, conferencias u otros a nivel nacional e internacional.
- Elaborar la Memoria Institucional Anual del Ministerio de Educación.
- Elaborar el Informe de Logros Anual del Ministerio de Educación.
- Expedir las certificaciones de reconocimiento de actividades de Asociaciones Educativas sin fines de lucro.
- Cumplir con aquellas otras funciones que no estén contempladas y le sean encomendadas por el Ministro (a) de Educación y las que guarden relación directa con las funciones propias de una Secretaría General.