Marco Legal

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Declaración
de Incheon y Marco de Acción

para la realización del Objetivo de Desarrollo Sostenible  4

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Leyes y normas que le dan sustento legal a las acciones de la Educación Inclusiva

La educación en Panamá así como en gran parte de los países Iberoamericanos están tomando rumbos específicos hacia una educación integral de inclusión, lo que significa cambios de conducta en la manera de visualizar y ejecutar todo el proceso, tanto por los profesionales y especialistas, la comunidad educativa y la sociedad en general.

Esto implica en la comprensión y establecimiento de normativas que irán conducir los destinos de toda población, por lo que los legisladores de las leyes en los diferentes estamentos han creado documentos que ayuden a proyectar programas que vayan de encuentro a todas estas necesidades.

Se declara de interés social el desarrollo integral de la población con discapacidad, en igualdad de condiciones de calidad de vida, oportunidades, derechos y deberes, que el resto de la sociedad, con miras a su realización personal y total integración social. También se declaran de interés social, la asistencia y tutela necesarias para las personas que presenten una disminución profunda de sus facultades.

A seguir una lista de estas leyes y normas que le van a dar sustento legal a estas accion:

 

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NACIONAL

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Ley 42 del 27 de agosto de 1999
Por la cual se establece la equiparación de oportunidades Para las personas con discapacidad.

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Decreto Ejecutivo N° 1 de 4 de febrero de 2000
“por el cual se establece la normativa para la educación inclusiva de la población con necesidades educativas especiales (NEE)”

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Decreto Ejecutivo N° 30 de 16 de marzo de 2000
Por el cual se establecen los objetivos y funciones de la dirección nacional de educación especial del ministerio de educación.

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Resuelto N° 924 de 24 de junio de 2006
“Por el cual se adopta en todos los centros educativos públicos del país el Programa Educativo Individual (PEI) para favorecer la accesibilidad y adecuaciones curriculares de los estudiantes con necesidades educativas especiales a los contenidos de los aprendizajes”.

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Resuelto 709
Que crea el programa de Aptitudes Sobresalientes y Talentos específicos.

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Constitución Política de la República de Panamá
1972 Art. 87 - Todos tienen el derecho a la educación y la responsabilidad de educarse . El Estado organiza y dirige el servicio público de la educación nacional y garantiza a los padres de familia el derecho de participar en el proceso educativo de sus hijos .

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Ley 15 del 31 de mayo de 2016
Que reforma la Ley 42 de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad.

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INTERNACIONAL

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Declaración Universal de los Derechos del Hombre (10 dic 1948)
Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948

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Programa de Acción Mundial de las Personas Minusválidas.
(3 dic. 1983) - El Programa de Acción Mundial es una estrategia global para mejorar la prevención de la discapacidad, la rehabilitación y la igualdad de oportunidades,

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Normas Uniformes sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
(20 dic. 1993) Esta guía ha sido preparada por el Comité de Derechos Humanos de la Unión Mundial de Ciegos para las personas ciegas y deficientes visuales así como con otras discapacidades, de todo el mundo. Explica qué son las Normas y cómo se las puede usar para mejorar la calidad de vida

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Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
Las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas; y que estos derechos, incluido el de no verse sometidos a discriminación fundamentada en Ia discapacidad...

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Declaración de Montevideo
A favor del derecho de las personas con discapacidad a la accesibilidad universal para garantizar una educación inclusiva y de calidad.

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Declaración de Salamanca
Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales:
Acceso y Calidad Salamanca, España, 7-10 de junio de 1994

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Declaración de Lima
Debe asegurarse un acceso inclusivo y equitativo al aprendizaje de calidad para todos – niños, niñas, jóvenes y personas adultas, en todos los niveles del sistema educativo, desde la educación y el cuidado de la primera infancia (AEPI), hasta la educación terciaria y superior. 

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Articulo 24 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 
Derecho a la educación
El Convenio establece que las personas con discapacidad deben tener garantizado su derecho a la educación

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Educación para transformar vidas

 

Opciones de estrategia e indicadores

Las metas educativas 2030

 

La educación está en el centro de desarrollo sostenible y es esencial para el éxito de todas estas metas. La nueva agenda de educación resumida en el Objetivo 4 es holística, ambiciosa, deseable y universal, y está inspirada por una visión de que la educación transforma las vidas de las personas, las comunidades y las sociedades. 

La agenda atiende los temas no resueltos de los objetivos de la Educación para Todos (EPT) y los ODM relacionados con la educación, al tiempo que aborda de manera de manera efectiva los actuales y futuros desafíos de la educación y el desarrollo, con base en los principios de la dignidad humana, los derechos igualitarios, la justicia social, la paz, la diversidad cultural y la responsabilidad compartida.

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